Cómo calculamos tu edad de jubilación y el recorte por adelantarte
La edad ordinaria: 65 o 67 según lo cotizado
En 2026 te jubilas a los 65 años si acreditas 38 años y 3 meses cotizados; si no, a los 66 años y 10 meses. Desde el 1 de enero de 2027 la regla es definitiva: 65 años con 38 años y 6 meses cotizados, y si no llegas, 67 años. Lo que cuenta es el año en que te jubilas, no el año en que cumples 65. Recorremos los meses desde que cumples 65 y nos quedamos con el primero en que tu edad alcanza la que se exige en el año de ese mes: 65 si ese día acreditas el umbral de cotización de ese año, y la edad alta de ese año si no. Si sigues cotizando, sumamos a los años de hoy los que pasan hasta cada mes; si no, usamos los de hoy. Por eso quien cumple 65 en 2026 sin llegar al umbral no se jubila a los 66 años y 10 meses, sino cuando su edad alcance la exigida en el año en que se jubile (67 desde 2027). Si sigues trabajando y alcanzas el umbral entre los 65 y la edad alta, te lo marcamos como fecha ordinaria.
- 2026: 65 años con 38 años y 3 meses cotizados; si no, 66 años y 10 meses
- Desde 2027: 65 años con 38 años y 6 meses; si no, 67 años
- Cuenta el año en que te jubilas, no el año en que cumples 65: quien cumple 65 en 2026 sin llegar al umbral acaba en los 67 de 2027+
- La fecha que damos es el mes en que cumples esa edad
Jubilación anticipada: hasta 2 o 4 años antes
La jubilación anticipada voluntaria permite adelantarse hasta 24 meses sobre tu edad ordinaria. La involuntaria (cese por causas ajenas a ti, como un despido) permite hasta 48 meses. En los dos casos la Seguridad Social exige un mínimo de años cotizados y, en la involuntaria, estar inscrito como demandante de empleo: compruébalo en tu caso antes de decidir. En la voluntaria, además, la pensión resultante tiene que superar la pensión mínima que te correspondería a los 65.
Los coeficientes reductores (Ley 21/2021)
Desde 2024 el recorte se aplica sobre la pensión, por cada mes de adelanto y según tu carrera de cotización en cuatro tramos: menos de 38 años y 6 meses; de 38 años y 6 meses a 41 años y 6 meses; de 41 años y 6 meses a 44 años y 6 meses; y 44 años y 6 meses o más. Voluntaria: 24 meses, 21 / 19 / 17 / 13 %; 18 meses, 8,80 / 8,40 / 8,00 / 7,60 %; 12 meses, 5,50 / 5,25 / 5,00 / 4,75 %; 6 meses, 4,00 / 3,82 / 3,64 / 3,45 %; 1 mes, 3,26 / 3,11 / 2,96 / 2,81 %. Involuntaria: 48 meses, 30 / 28 / 26 / 24 %; 24 meses, 15 / 14 / 13 / 12 %. Esas cifras son exactas. Para los meses que no son un punto de la tabla (2 a 5, 7 a 11, 13 a 17 y 19 a 23 en la voluntaria) interpolamos solo entre los dos puntos oficiales más cercanos, así que es una aproximación y el porcentaje oficial de tu mes puede diferir. El recorte es para siempre: no se recupera al cumplir la edad ordinaria.
- Pensión reducida = pensión × (1 − coeficiente)
- Lo que pierdes al año = recorte mensual × 14 pagas
- Punto de equilibrio = meses de adelanto × pensión reducida ÷ recorte mensual
La pensión que metes y los topes de 2026
La pensión mensual la pones tú (la que te sale en el simulador de pensión). La base reguladora de 2026 se calcula con las 302 mejores bases de los últimos 304 meses divididas entre 352,33, y se cobra el 100 % con unos 36 años y medio cotizados (37 en 2027). Si tu pensión supera la máxima de 2026, 3.359,60 € al mes (47.034,40 € al año en 14 pagas), la capamos a esa cifra. Las mínimas a los 65 años en 2026 son 1.256,60 € con cónyuge a cargo y 936,20 € sin cónyuge a cargo (unidad económica unipersonal).